La FIFA hizo público el fallo completo sobre Luis Suárez, que demuestra que la falta de remordimiento y los antecedentes del jugador colaboraron en la severidad de la sanción. Además, no se aceptó parte del material presentado por la defensa uruguaya. Documento.
La FIFA hizo público el fallo completo de la Comisión Disciplinaria de la FIFA en torno al caso Luis Suárez.
En él, figuran las declaraciones de los árbitros, la defensa presentada por la delegación uruguaya y la resolución en torno al incidente protagonizado por Suárez. Queda claro, por ejemplo, que ninguno de los árbitros vio la agresión ya que la pelota estaba en otro sector del campo.
Con respecto a la declaración presentada por la AUF, se incluye la versión presentada por Suárez, igual a la que se filtrara a la prensa brasileña días atrás.
Suárez dice: "Luego del impacto, que me hace juntar las rodillas, pierdo el equilibrio, desestabilizando mi físico y cayendo por encima del oponente. En ese momento impacto mi cara contra el jugador dejándome el pómulo con un pequeño hematoma y un fuerte dolor en las piezas dentales que determinó que el árbitro detuviera el partido- Ello ha sido lo que ha acontecido, y en ningún caso ha sucedido lo que describe en su escrito como 'morder' o 'intentar morder'".
La AUF presentó evidencia fotográfica, reporte forense y un certificado del doctor Alberto Pan, además de insistir en que Suárez no intentó morder a Giorgio Chiellini. La Comisión no aceptó ni tuvo en consideración material fotográfico que no fuera oficial. Es decir, no se tomaron en cuenta las fotos extraídas de sitios de Internet, como las que mostraban la marca de Chiellini en su hombro meses antes de la mordida de Suárez. Descartó asimismo el reporte forense ya que no prueba la intencionalidad o no del delantero.
Sanciones
La FIFA tuvo en cuenta especialmente el carácter "no provocado" de la agresión y destacó especialmente que se trate de una mordida, algo inusual en el deporte. "Morder a un jugador adversario es un incidente de particular gravedad, escandaloso y completamente extraordinario en el fútbol". De esta forma, separó el caso de codazos o puñetazos que son generalmente sancionados con dos partidos ("vinculados directamente con el contacto físico propio del futbol").
Se hizo hincapié en que la conducta en el torneo debe ser "ejemplar" y que morder "violenta los principios de la deportividad o la moral deportiva". La Comisión también tomó en cuenta los antecedentes de las anteriores mordidas de Suárez y consideró que no era atenuante que Chiellini no hubiera resultado herido en el incidente.
"El jugador en ningún momento mostró arrepentimiento o remordimiento (...) ni admitió una violación cualquiera de las reglamentaciones de la FIFA", indicó la sanción, aunque la Comisión no especifica las pruebas en que se basó para concluir que Suárez efectivamente había mordido, más allá de las filmaciones existentes. Se alude a la necesidad de que los jugadores sean un "modelo" de conducta ante la mirada de muchos jóvenes aficionados. "Este tipo de comportamiento anormal no tiene ninguna justificación, contradice totalmente y el propósito de la deportividad (...) no puede tolerarse".
La Comisión consideró que la sanción de dos partidos -a la luz del poco arrepentimiento del jugador y los antecedentes- "no era suficiente para conseguir el efecto disuasivo necesario". Tomó en cuenta que escupir a un rival se sanciona con un mínimo de seis partidos, por lo que se aumentó esa pena a nueve partidos oficiales con la selección.
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